Corporación Social para la
Asesoría y Capacitación Comunitaria –COSPACC-
El día 19 de Junio de 2014 se llevó a cabo en
el municipio de Yopal, Casanare, un acto público de perdón, mediante el cual
los Juzgados Administrativos del departamento, obligan a las fuerzas militares
comandadas por el Ministerio de Defensa a pedir excusas públicamente a los
familiares victimas de ejecuciones extrajudiciales, conocidos como “falsos
positivos”.
Este acto se suma a los ya realizados durante
los últimos tres años en diferentes municipios del departamento de Casanare,
principalmente en los de mayor influencia petrolera, en los cuales con el fin
de garantizar la seguridad para las empresas extractivistas se incrementó la
presencia de pie de fuerza en el territorio, lo que a su vez genero escenarios de graves
violaciones a derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional
Humanitario. Particularmente en el departamento de Casanare la instalación de
la Brigada XVI y su accionar entre los años 2006-2007 en los que era comandante
el hoy Mayor General Torres Escalante, dejo numerosas víctimas de ejecuciones
extrajudiciales.
Las víctimas de esta estrategia implementada
por las fuerzas militares en el territorio nacional durante el periodo del ex
presidente Álvaro Uribe Vélez, no pueden analizarse de manera aislada, ya que
responden a una práctica sistemática
implementada en el marco de la llamada seguridad democrática. Bajo esta política, se pretendió mostrar un
control del territorio asesinando campesinos y jóvenes en combates simulados y
presentándolos como “guerrilleros dados de baja”, por los cuales los miembros
de las fuerzas militares recibían recompensas y bonificaciones.
Los actos públicos de perdón se realizan como
mecanismos de reparación precedidos por las fuerzas militares, sin embargo, su
desarrollo deja de entre dicho la falta de compromiso que asume la institución y
el Estado con las victimas al realizarlas sin la convocatoria pública pertinente
y al desarrollarlas en el marco de un simple discurso oficial que no supera los
20 minutos. La re victimización del acto es evidente al entregar a la victima
un arreglo floral propio de los actos fúnebres y al ofrecer unas palabras en las
que simplemente reconocen el hecho como un error operacional, sin asumir los
cargos.
Por ello, creemos que no es suficiente la
reparación simbólica a través de estos actos en los cuales se culpa de manera
generalizada a la institución, sin mencionar detalladamente autores
intelectuales y materiales, quienes en la mayoría de los casos no han sido
juzgados por la justicia ordinaria colombiana. Así mismo, consideramos que
dichos actos no cumplen su objetivo de reparar simbólicamente a las víctimas,
ya que los daños psicosociales causados por la muerte de un familiar o líder de
la comunidad son imposibles de reparar con un simple acto protocolario, en los
que además, la participación de las victimas es relegada al discurso oficial
sin contar con un espacio para expresar sus palabras.
Por otro lado, es particular observar la
falta de accionar institucional hacia las victimas de ejecuciones
extrajudiciales en dos sentidos, el primero en el reconocimiento de todos los
casos, ya que aún hay gran cantidad de víctimas sin reconocer en el
departamento reproduciendo escenarios de profunda impunidad; y el segundo, en
la lentitud de los procesos judiciales para los fallos tanto administrativos
como judiciales, es importante observar que en su totalidad los fallos que
obligan a las fuerzas militares a desarrollar estos actos públicos de perdón y
reconocer a las víctimas de ejecuciones extrajudiciales, se dictan entre seis y
siete años después del hecho.
La reparación simbólica a las victimas
involucra resarcir el buen nombre de sus familiares, quienes fueros juzgados
por parte de la institucionalidad y los medios de comunicación acusándolos de
pertenecer a grupos al margen de la ley, lo que a su vez, generó una
estigmatización dentro su propia comunidad. Por ello, no solo el Estado sino
también los medios de comunicación, tienen la responsabilidad de rectificarse
sobre la información que impartieron respecto a las víctimas, garantizando su
derecho al buen nombre.
De esta manera, consideramos necesario que la
justicia colombiana reconozca todas las victimas de ejecuciones extrajudiciales
del departamento de Casanare y en general, de todo el territorio nacional,
juzgue a los autores materiales e intelectuales liderados de los altos mandos
militares y garantice escenarios de no repetición y vida digna para las
comunidades que habitan en territorios de explotación petrolera.
Asumimos como fundamental el reconocimiento
de los derechos de verdad, justicia y reparación, generando desde las victimas iniciativas
colectivas que reivindiquen las luchas y proyectos de vida de los que fueron
silenciados, que construyan las garantías sociales para la no repetición en las
próximas generaciones y que tejan en las comunidades memoria contra la
impunidad y el olvido.
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